TITULO III: DOMICILIO, AMBITO Y DOMINACIONES.
Artículo 3º.- Domicilio
1. La asociación fija su domicilio en Oviedo, c/Mieres, nº 5, 5º B
2. En caso de cambio de domicilio la asociación comunicará con antelación el cambio del mismo a las entidades oficiales correspondientes.
Artículo 4º.- Ámbito Territorial
Único.- El ámbito territorial de la asociación es el de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.
Artículo 5º.- Dominaciones
Esta asociación para el cumplimiento de sus fines, podrá inscribirse como socio en otras asociaciones, clubes, federaciones o entidades análogas.
Artículo 6º.-
1. La asociación tendrá plena capacidad para adquirir, grabar y enajenar toda clase de bienes.
2. Podrá aceptar y recibir donativos, legados, subvenciones, etc. de cualquier índole, con arreglo a las leyes vigentes.